(Comunicado) Desde el FPDS rechazamos la libertad condicional a Alejandro Acosta.
El ex cabo de la Policía de la Provincia fue condenado a perpetua por los crímenes de los compañeros Darío Santillán y Maximiliano Kosteki. El contexto fue una represión planificada desde el poder político, el 26 de Junio de 2002. Se ejecutó en Avellaneda en el Puente Pueyrredón, desde donde se inició una cacería humana que derivó en los crímenes de los compañeros, pero también con más de treinta heridos con balas de plomo y cientos de detenidos. Este operativo criminal fue puesto en marcha para detener el reclamo de los Movimientos de Trabajadores y Trabajadoras Desocupadas que reclamaban trabajo.
La situación del país era compleja. El Fondo Monetario Internacional, el sector empresario, los gobernadores y el gobierno nacional a cargo de Eduardo Duhalde, formalizaron un consenso para terminar con las protestas que originaban sus políticas económicas que profundizaron la pobreza a un 66%, y más de cinco millones de desocupados y desocupadas en 2002.
Luego de estos crímenes cometidos desde el Estado, el ahora ex cabo Alejandro Acosta junto a su jefe el ex comisario Alfredo Fanchiotti, fueron condenados a cumplir la pena de cadena perpetua. Otros policías que intervinieron en el operativo recibieron condenas menores. Sin embargo, el miércoles 16 de octubre, la Cámara de Apelaciones en lo Penal 3 de los Tribunales de Lomas de Zamora le otorgó a Acosta el beneficio de la libertad condicional.
Reconocemos que la máxima pena en el país no es la reclusión de por vida (salvo casos de lesa humanidad), sino que se cumple con veinticinco años de cárcel, y que a partir de los veinte años de encierro puede el condenado comenzar a presentar recursos judiciales para beneficiarse con distintos tipos de salidas, ya sean transitorias o permanentes. Entendemos que en este caso particular, estos beneficios a los que accede la población carcelaria común, no deberían ser aplicables a Acosta y mucho menos a Fanchiotti, llegado el caso. En primer lugar porque no se trata de un preso común. Acosta formó parte de un plan represivo que tenía como fin acallar las voces del reclamo social. Esta planificación provenía de lo más alto del gobierno, conducido por la ex SIDE y coordinando tres fuerzas de seguridad federales y una provincial.
Además cuestionamos la decisión de la Cámara preguntándonos qué tipo de re-sociabilización puede tener una persona que fue una pieza clave para garantizar la impunidad de quienes planificaron este Crimen de Estado. Qué tipo de reinserción social puede ser posible para quien durante más de dos décadas se mantiene en silencio y que tanto la querella como la sociedad estuvo a la espera de que aporten alguna claridad sobre la planificación de un crimen a todas luces impune sobre las responsabilidades políticas. Nunca tuvo ese nivel de disposición. Eligió guardar silencio. Eligió seguir siendo cómplice de un crimen permitiendo mayor impunidad, ya que más allá del rol que él junto a los otros policías jugaron, la responsabilidad de los crímenes se encontraba en el seno del poder político.
La sociedad, el Frente Darío Santillán, los familiares y compañerxs de Darío y Maxi y todos los afectados cuestionamos que en este caso puntual no sería pertinente el beneficio por las leyes emitidas para los presos comunes.
Nos oponemos a que una persona se reinserte en la sociedad, cuando aún sigue siendo parte de la complicidad con la impunidad policial, política y mafiosa de la inteligencia que está detrás de estos crímenes de los cuales él fue solo una instancia ejecutora y que jamás aportó a clarificar.
Por esto rechazamos de forma categórica la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Penal 3 de Lomas de Zamora, entendiendo que hay que darle lugar a este reclamo sensato de nuestra organización, de los compañeros y compañeras de Darío y Maxi y de sus familiares.